¿Quién está obligado a cumplir con VeriFactu?
Te explicamos de forma sencilla qué empresas, autónomos y negocios deben adaptar su sistema de facturación, qué excepciones existen y cómo preparar tu TPV o software con tiempo.
VeriFactu forma parte del nuevo marco de los Sistemas Informáticos de Facturación, también conocidos como SIF. Su objetivo es que los programas utilizados para emitir facturas o tickets cumplan con requisitos de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación.
Una de las dudas más habituales entre empresas y autónomos es clara: ¿quién está obligado a cumplir con VeriFactu? La respuesta depende de varios factores, como el tipo de contribuyente, si se utiliza un sistema informático de facturación, el territorio fiscal y si existe alguna exclusión concreta. Si todavía tienes dudas sobre las fechas, puedes consultar nuestro artículo sobre cuándo entra en vigor VeriFactu.
Empresas, autónomos y negocios afectados por VeriFactu
Están obligados los empresarios y profesionales que utilicen sistemas informáticos de facturación para expedir facturas completas o facturas simplificadas, siempre que estén dentro del ámbito de aplicación de la normativa.
Esto incluye muchos negocios que trabajan con:
- TPV táctil;
- software de gestión;
- programas de facturación;
- cajas registradoras informatizadas;
- sistemas de venta conectados;
- herramientas digitales para emitir tickets o facturas.
Por tanto, la clave no está solo en ser empresa o autónomo, sino en si el negocio utiliza un sistema informático para emitir facturas o tickets y si se encuentra dentro del ámbito definido por la normativa.
Negocios que deben prestar especial atención
Comericios y retail
Tiendas, supermercados, estancos, farmacias, bazares y otros comercios que emiten tickets o facturas desde un TPV.
Hostelería y restauración
Bares, restaurantes, cafeterías y hoteles que gestionan ventas, mesas, tickets, facturas y cierres de caja.
Servicios profesionales
Clínicas, talleres, peluquerías, despachos, academias y otros negocios que emiten facturas con software.
Empresas con software
Negocios que utilizan ERP, TPV, programas de facturación o soluciones conectadas a su actividad diaria.
¿Qué autónomos están obligados?
Muchos autónomos deberán adaptarse si desarrollan una actividad económica y utilizan un sistema informático para emitir facturas o tickets. La AEAT indica que los contribuyentes del IRPF que desarrollen actividades económicas y utilicen sistemas informáticos de facturación deberán tener operativos sistemas adaptados para las actividades en las que deban emitir factura.
Por ejemplo, pueden estar afectados:
- autónomos con tienda física;
- profesionales que emiten facturas con un programa informático;
- hosteleros con TPV;
- comercios con caja informatizada;
- negocios que emiten facturas simplificadas;
- autónomos que gestionan ventas con software.
En cambio, no todos los autónomos tienen exactamente la misma situación. Por eso, conviene revisar cada caso con un asesor fiscal y comprobar si el sistema de facturación utilizado debe adaptarse.
¿Quién puede estar excluido o no obligado?
Existen casos especiales en los que puede no aplicarse la obligación de adaptar el sistema a VeriFactu o al Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación.
Contribuyentes en el SII
El ámbito del SII y el del Reglamento son excluyentes para sus propias facturas.
País Vasco y Navarra
Los contribuyentes sujetos a normativa foral en País Vasco o Navarra deben tener en cuenta las reglas aplicables en su territorio.
Facturación manual
Negocios que emitan facturas completamente de forma manual, sin utilizar un sistema informático de facturación.
¿No sabes si tu negocio está obligado?
Te ayudamos a revisar tu sitema TPV o software de facturación y a elegir la solución tecnológica más adecuada.
¿Qué pasa si uso un TPV o software antiguo?
En estos casos, es recomendable comprobar si el sistema puede actualizarse o si es necesario cambiarlo por un TPV preparado para VeriFactu.
No todos los sistemas antiguos estarán preparados para cumplir con los nuevos requisitos técnicos. Por eso, antes de esperar al último momento, conviene revisar:
- si tu TPV permite actualizaciones;
- si tu software podrá generar registros seguros;
- si podrá incluir código QR cuando corresponda;
- si el proveedor ofrece adaptación;
- si necesitas cambiar a una solución más actual.
En negocios con venta directa al público, el TPV no solo sirve para cobrar. También puede gestionar tickets, facturas, productos, caja, cierres diarios, informes, pagos con tarjeta y otros procesos clave del negocio.
¿Mi gestor puede encargarse de VeriFactu?
Tu gestor puede ayudarte con la parte fiscal y administrativa, pero eso no significa que puedas olvidarte del sistema que utilizas para facturar en tu negocio.
La AEAT contempla que determinadas obligaciones materiales puedan realizarse por un tercero, pero el obligado tributario sigue siendo responsable del cumplimiento. Por eso, aunque trabajes con gestoría, es importante revisar si tu TPV, software de gestión o sistema de facturación está preparado.
¿Cómo te ayuda Maincas?
TPV preparados para tu negocio
Equipos y soluciones para emitir tickets y facturas con los nuevos requisitos.
Software de gestión
Sistemas actualizados para trabajar con ventas, caja, productos, informes y facturación.
Asesoramiento personalizado
Revisamos tu sistema actual y te orientamos sobre la mejor solución para tu negocio.
Instalación y soporte
Configuramos la solución y acompañamos a tu equipo durante todo el proceso.
En esta guia
- ¿Quién está obligado a cumplir con VeriFactu?
- Negocios que deben prestar especial atención
- ¿Qué autónomos están obligados?
- ¿Quién puede estar excluido o no obligado?
- ¿Qué pasa si uso un TPV o software antiguo?
- ¿Mi gestor puede encargarse de VeriFactu?
- Preguntas frecuentes sobre quién está obligado a VeriFactu

VeriFactu
con Maincas
Soluciones TPV y software adaptadas a la normativa de la AEAT.
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No necesariamente todos. Depende de si desarrollan actividades económicas, si están obligados a emitir factura y si utilizan un sistema informático de facturación. Si utilizan un SIF dentro del ámbito de aplicación, deberán revisar su adaptación.
De forma general, las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades están dentro del ámbito de aplicación cuando utilizan sistemas informáticos de facturación. La fecha de adaptación prevista para estas entidades es el 1 de enero de 2027.
No para sus propias facturas. La AEAT indica que quienes cumplen con el SII no deben cumplir con el Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación, y viceversa.
Depende. Primero hay que comprobar si el TPV o software actual podrá actualizarse y cumplir con los nuevos requisitos. Si no es posible, puede ser recomendable valorar una solución más moderna.
No. Maincas puede ayudarte con la parte tecnológica: TPV, software de gestión, sistemas de cobro, instalación y soporte. Para confirmar tus obligaciones fiscales concretas, lo recomendable es consultar con tu asesor.
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